El Tribunal Oral Penal de Corrientes sentenció al conductor de un colectivo por la muerte de un adolescente en un siniestro vial ocurrido en diciembre de 2024. La sentencia incluye inhabilitación para conducir.
El Tribunal Oral Penal, presidido por el juez Ricardo Carbajal, dictó sentencia en el juicio por el siniestro vial ocurrido a fines de 2024 en la ciudad de Goya, que resultó en la muerte del adolescente Facundo Montenegro. El colectivero Ricardo Hernán González fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, bajo la figura del artículo 85 bis del Código Penal.
El magistrado consideró probado que el imputado incurrió en una conducción imprudente al realizar maniobras que desencadenaron el fatal desenlace. La resolución judicial también incluyó una accesoria de inhabilitación especial por 6 años, período durante el cual González no podrá conducir ningún vehículo.
Durante la audiencia, previo a la lectura del fallo, se escuchó el testimonio de la madre de Facundo. La mujer relató los últimos instantes con su hijo y rechazó los argumentos de la defensa, que intentó responsabilizar al menor por supuestas maniobras arriesgadas en bicicleta. «Mi hijo no sabía hacer willy, como dijo el abogado defensor; recién estaba saliendo a la calle», sostuvo. Aunque reconoció el hecho como accidental, remarcó que hubo negligencia por parte del conductor: «Manejo y entiendo que hubo maniobras que se pudieron haber evitado. Solo pido justicia, señor juez».
El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, alrededor de las 15:00, en la avenida Primeros Concejales de Goya. Según la acusación fiscal, el colectivo realizó un sobrepaso imprudente, acercándose intempestivamente a dos menores que circulaban en bicicleta. Facundo Montenegro cayó sobre la calzada y fue alcanzado por el vehículo, lo que le provocó la muerte de manera instantánea. El otro menor resultó ileso.

