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Reclaman el remate urgente de hacienda secuestrada por abigeato

La diputada Adriana Vidal Domínguez solicitó que el Superior Tribunal de Justicia aplique la normativa vigente para disponer de 183 animales. Advirtieron que la falta de espacio y recursos en la Sociedad Rural de La Cruz ya provocó la muerte de varios ejemplares y genera un costo insostenible para los productores.

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En la Cámara de Diputados de la Provincia se incorporó un pedido que expone controversias procesales en el marco de la lucha contra el delito rural, en torno a un caso que sacudió la opinión pública y que llegó a tener repercusión de alcance nacional: la mega investigación por abigeato en La Cruz que conmovió a toda la región de la costa del Río Uruguay. En ese marco, la diputada provincial Adriana Vidal Domínguez (Unión por la Patria) presentó un proyecto de resolución que insta al Superior Tribunal de Justicia a intervenir de manera inmediata en una causa por abigeato que mantiene paralizada la disposición de 183 animales en la zona.
La legisladora solicitó que se aplique con la mayor celeridad posible la Ley Nº 5.893, herramienta jurídica que permite disponer del destino de bienes secuestrados en procesos judiciales. La iniciativa surge ante la situación crítica que atraviesan estos 183 vacunos, los cuales forman parte de un rodeo mayor de 285 cabezas que fueron incautadas durante un allanamiento rural realizado en la jurisdicción de Alvear y La Cruz.
«Resulta imperioso que el Poder Judicial brinde una respuesta efectiva ante una situación que ya desbordó la capacidad de contención de los auxiliares de la Justicia», se expuso en torno a la presentación del expediente.

RIESGO SANITARIO
Y OPERATIVO

Actualmente, los animales se encuentran bajo custodia en las instalaciones de la Sociedad Rural de La Cruz, espacio que fue asignado de manera temporal tras el procedimiento policial. Sin embargo, el paso del tiempo y la falta de definiciones judiciales transformaron el depósito de los animales en una problemática de dimensiones sanitarias y económicas.
Vidal Domínguez señaló que el predio no cuenta con la infraestructura ni el espacio suficiente para albergar y mantener un rodeo de esa magnitud, lo que derivó en complicaciones severas para el bienestar de la hacienda.
«Debemos entender que mantener estos animales en un encierre prolongado no solo es ineficiente, sino que genera costos sanitarios y operativos que hoy recaen sobre quienes no deberían afrontarlos», explicó la legisladora. En ese sentido, hizo hincapié en que la hacienda ya cumplió con las etapas procesales necesarias, puesto que fue debidamente peritada por los técnicos de la Policía Rural e Islas y Ambiente Rural.
Respecto de esta situación, se subrayó que el ganado ya no constituye un elemento de prueba fundamental en la causa, por lo que su retención en corrales resulta injustificada desde el punto de vista investigativo.

PÉRDIDA
DE GANADO

La situación se agravó con el reporte de la pérdida de ejemplares. Según consta en el proyecto, ya se registró la muerte de 14 cabezas de ganado, entre vacas y terneros, producto del hacinamiento y las dificultades para garantizar una alimentación adecuada. Con respecto a la manutención, se detalló que fueron los propios productores de la zona quienes, ante la inacción de los mecanismos judiciales, debieron colaborar con el forraje y el cuidado del rodeo secuestrado, asumiendo una responsabilidad que le compete al Poder Judicial.

DESTINO SOCIAL

Frente a la posibilidad de que la mortandad de animales continúe en ascenso, en la iniciativa se proponen dos vías de solución concretas: por un lado, se plantea que la Justicia considere la realización de un remate judicial para que los animales se reinserten en el circuito productivo legal; y, por el otro, se baraja la posibilidad de que los vacunos sean destinados a donaciones para instituciones públicas con fines sociales.
«La carne podría tener una utilidad social directa si se destina a comedores escolares, hospitales o unidades carcelarias», propuso la Diputada al fundamentar el carácter humanitario y práctico de su pedido. Así, se evitarían mayores pérdidas económicas y se daría una respuesta a sectores vulnerables. A su vez, la medida permitiría liberar las instalaciones de la Sociedad Rural de La Cruz, que actualmente se ve impedida de utilizar sus propios corrales para las actividades habituales de sus socios y el comercio regional.

Qué dice la ley

La Ley Nº 5.893 regula la administración y el destino de los bienes secuestrados en causas penales en Corrientes. Sus puntos centrales son:

Disposición anticipada: faculta a la Justicia a decidir el destino de los bienes antes de que exista una sentencia firme, especialmente cuando se trata de elementos que corren riesgo de perecer, deteriorarse o perder su valor comercial.  Criterio de onerosidad: la ley permite la venta o donación de bienes cuyo depósito o mantenimiento resulte excesivamente costoso para el Estado o para las instituciones que actúan como depositarias.  Finalidad social: los elementos incautados, al ser decomisados, pueden entregarse a instituciones de bien público, organismos de salud o educación, transformando un objeto del delito en un beneficio para la comunidad.  Agilidad procesal: se busca evitar que los depósitos judiciales y predios de las fuerzas de seguridad se conviertan en "cementerios" de bienes, priorizando la celeridad administrativa una vez que las peritaciones técnicas ya se realizaron.

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